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San Luis Potosí

Analizan autoridades electorales posible multa contra David Medina

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La ley de impugnaciones contempla la imposición de multas a quienes promueven recursos a sabiendas de que son improcedentes.

Ciudad Valles, SLP.- Por ser notoriamente frívolo e improcedente el recurso de revisión que el excandidato del PAN a la Alcaldía de Ciudad Valles, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación analiza una posible multa.

Fuentes jurídicas consultadas por este medio manifestaron que la Ley General de Medios de Impugnación contempla la imposición de multas a quienes promuevan recursos a sabiendas de que son improcedentes.

En este caso el excandidato perdedor David Medina Salazar, luego de reconocer el triunfo del hoy alcalde Adrián Esper Cárdenas, impugnó la elección ante el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, con argumentos notoriamente infundados y además, se valió de una serie de tretas judiciales como recusar a  la magistrada Yolanda Pedroza Reyes.

Una vez que el tribunal de San Luis ratificó el triunfo de Esper Cárdenas, el panista impugnó ante la Sala Regional de Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Dicha Sala, si bien admitió el recurso, en su resolución lo desechó sin dar crédito a ninguno de los argumentos planteados por Medina Salazar, por considerar que eran cuestiones que su propia coalición había avalado vía sus representantes en los puntos de recuento de la votación.

Los errores aritméticos en los que fundaba su demanda eran notoriamente improcedentes. Eso sí, logró que, por un tecnicismo legal, fueran multadas la presidenta y el secretario técnico de la Comisión Municipal de Ciudad Valles del CEEPAC.

No obstante que Medina Salazar afirmó que no impugnaría la sentencia de la Sala Regional, nuevamente incumplió su palabra y volvió a la carga, ahora en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. La misma resolvió, in extremis, a las 23:55 del 30 de septiembre la impugnación de Medina Salazar considerándola notoriamente frívola e improcedente.

Aunque no logró su objetivo que sabía de antemano estaba perdido, causó que se tuviera que posponer la toma de protesta del Ayuntamiento 2018-2021 porque el CEEPAC no podía declarar la validez de la elección hasta no ser notificado por la Sala Superior del TEPJF.

De buena fuente sabemos que algunos afectados por las mentiras de Medina Salazar estudian interponer demandas en el fuero civil por daño moral. Toda vez que las sentencias de las diferentes instancias en las que fue ventilada la elección de Ciudad Valles demuestran que la elección fue transparente y apegada a la ley; y que la conducción de los actores involucrados fue legal.

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