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San Luis Potosí

Es ilegal mantener cerradas las cajas de cobro en la Dapa; determina juzgado

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También estableció que el conflicto laboral no se trata de una huelga como pretenden que sea reconocida quienes tomaron las instalaciones de la Dapa.

Ciudad Valles, SLP.- El juzgado quinto de distrito avaló que los funcionarios de la DAPA actuaron conforme a la ley al cumplimentar el ordenamiento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, que autorizó la liberación de unidades y herramientas para garantizar el servicio a la población, afectada por un paro de labores en el organismo.

Los huelguistas se ampararon contra la orden de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado que además permitía la apertura de dos cajas de cobro, el uso del vehículo para desasolve llamado “Vactor” y maquinaria pesada. Los trabajadores en paro acusaron al personal de la Dirección de Agua Potable y Alcantarillado, de haber allanado las instalaciones y de robo de vehículos.

Incluso los manifestantes impidieron con el uso de violencia que se cumplimentara la apertura de las cajas de cobro.

El juzgado emitió una sentencia incidental y resolvió que las actuaciones de la Dapa, como el retiro de vehículos y herramientas, se apegaron a la legalidad.

También determinó que es ilegal mantener las cajas cerradas y que los actos de violencia se apartan de lo ordenado en la suspensión definitiva.

Determina que es legal el recuento para preguntar a cada trabajador si es su deseo continuar con la huelga; y faculta al organismo operador de agua potable a garantizar el abasto a la población usando todas las herramientas a su alcance: legales, administrativas y operativas.

La Dapa busca garantizar el derecho de los vallenses, al servicio público de abastecimiento de agua potable y la atención de reparación de fugas y problemas en las tuberías de drenaje, para ello solicitaron a la Junta Local autorizar mediante un escrito la entrega del camión Vactor para desazolvar los drenajes y otras herramientas.

La Junta Local resolvió que el conflicto laboral de trabajadores del organismo se trata de un paro y no de una huelga, ya que no se cumplieron los requisitos legales para su configuración.

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