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San Luis Potosí

Pensionados pueden reingresar al servicio para volver a cotizar

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En comisión del Trabajo y Previsión Social aprueban Reformas a la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado

San Luis Potosí, SLP.- Los diputados de la Comisión del Trabajo y Previsión Social del Congreso del Estado, aprobaron la reforma al artículo 53 de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí, a fin de clarificar la situación de un trabajador pensionado que reingrese al servicio público.

La diputada Martha Barajas, presidenta de esta comisión legislativa, manifestó que con esta reforma se establece que cuando un pensionista reingrese al servicio en activo y vuelva a cotizar en Pensiones del Estado, se suspenderá el pago de pensión, el que se reactivará al dejar de laborar, con los incrementos que le generen sus nuevas aportaciones. Estas las puede retirar en caso de no variar su pensión.

“Es una iniciativa del diputado Cándido Ochoa, donde se va a aprobar que aquellas personas que ya hayan sido objetos de una pensión y  no hayan obtenido el 100 por ciento y los vuelvan a reinstalar, ellos puedan seguir cotizando a su pensión, esta iniciativa creo que es muy favorable, va a venir a mejorar la condición de los trabajadores que vuelven a tener la oportunidad de trabajar y poder incrementar su pensión”.

Además, fue aprobada la reforma a la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado, en su artículo 98 para eliminar el requisito de no haber sido condenado por delito o presentar carta de no antecedentes penales, para poder integrar la Junta Directiva de la Dirección de Pensiones; y a la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado, en el mismo sentido para integrar el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje.

La legisladora explicó que estas iniciativas, presentadas por la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional, tienen como fin el eliminar el requisito para poder acceder a un cargo público, el no haber sido condenado por delito, o bien presentar carta de no antecedentes  penales, ya que viola el principio de no trascendencia de la pena, constituyendo un acto de discriminación y estigmatización, en razón de que al haber cumplido una pena o sentencia, se debe gozar de la oportunidad de vivir en igualdad como un miembro más de la comunidad.

“Es violatoria a los derechos humanos de las personas, si ellos tuvieron una situación con la ley ya lo cumplieron y ya lo pagaron”, indicó la diputada.

  • Agregó que los dictámenes respectivos, serán turnados para votación en los trabajos del próximo Periodo Ordinario de Sesiones.

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