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México

Delito de ecocidio podría ser sancionado con dos y hasta diez años de prisión

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La diputada Karem Zobeida Vargas Pelayo (PRD) planteó tipificar en el Código Penal Federal el delito de ecocidio y sancionarlo de dos y hasta diez años de prisión.

En la iniciativa se considera “ecocidio” el daño irreparable y la destrucción de un ecosistema por causas directamente relacionadas con la actividad humana o derivadas de la misma.

Expone que el objetivo es generar mayor certeza sobre los procesos judiciales que se lleven a cabo por parte de la autoridad competente.

Destaca la necesidad de brindar herramientas jurídicas que mejoren los marcos normativos que se tienen en materia de delitos ambientales y que son de alta incidencia en nuestro país, sobre todo en los procesos de obras y proyectos que devastan los ecosistemas y el hábitat de nuestras regiones.

Menciona que México es uno de los países en el mundo que cuenta con una gran biodiversidad por su ubicación geográfica, existe una gran cantidad de ecosistemas que pertenecen a todo tipo de climas y de flora y fauna.

Sin embargo, añade, las actividades humanas son una de las principales amenazas cuando se trata de ecosistemas y equilibrio ecológico, y en México se han documentado cientos de ecocidios, de los cuales una pequeña proporción ha sido castigada debido a la impunidad y la falta de elementos jurídicos que permitan tener claridad sobre delitos ambientales.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Justicia, modifica el nombre del Capítulo Quinto del Título Vigésimo Quinto, adiciona un primer párrafo, recorriendo los subsecuentes y una fracción I, recorriendo las subsecuentes, del artículo 421 del Código Penal Federal.

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