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San Luis Potosí

Descartan implicaciones legales por suspender sesiones de Congreso

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#CongresoSLP | Están suspendidas las actividades legislativas y técnicas de forma presencial a partir del pasado 20 de marzo y hasta el  próximo 20 de abril

Por Viviana Gámez

San Luis Potosí, SLP.- Pese a que  la semana pasada el Congreso del Estado no llevó a cabo una sesión ordinaria del Pleno como lo establece el  Reglamento Interior del Poder Legislativo, el presidente de la Directiva, Martín Juárez Córdova descartó que existan implicaciones legales en contra de esta institución, derivadas de esta situación.

El Congreso  de San Luis Potosí determinó la suspensión de sus actividades legislativas y técnicas de forma presencial a partir del pasado 20 de marzo y hasta el  próximo 20 de abril como medida preventiva ante la contingencia por el Covid – 19.

En este sentido, el legislador justificó que la suspensión de las actividades legislativas de forma presencial fueron fundadas en la Ley General de Protección Civil a nivel nacional e incluso refirió alrededor de 18 congresos estatales están en la misma condición que San Luis Potosí.

“La Ley General de Protección Civil a nivel nacional dice que  en caso de riesgo inminente y sin perjuicio de la emisión de una declaratoria de emergencia, se establecerán las disposiciones legales y las dependencias de la entidad federativa para ejecutar medidas de seguridad que les competa para garantizar el funcionamiento de servicios esenciales y garantizando la seguridad de las personas; entre las opciones también habla de la suspensión de trabajos y actividades y servicios si fuera una situación necesaria y si se justifica que sea necesario entonces habla que se deberán precisar la temporalidad para la suspensión de actividades” explicó

Asimismo, Juárez Córdova justificó que esta determinación también se fundó  en  la Ley Orgánica del Poder legislativo en el Artículo 73 se refiere que  la Junta de Coordinación Política del Congreso, de forma colegiada, podrán promover el entendimiento y convergencia para lo que resulte necesario a fin de alcanzar acuerdos en el pleno en condición de ejercer las atribuciones constitucionales y trabajar de manera legal.

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