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San Luis Potosí

Ley de Amnistía podría ser expedida en San Luis Potosí

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#CongresoSLP | Los diputados morenistas aseguran que es necesario revisar cada caso que coincida con las especificaciones establecidas en la propuesta

Por Viviana Gámez

San Luis Potosí, SLP. – Diputados del grupo parlamentario de Morena en el Congreso del Estado presentaron una iniciativa para expedir la Ley de Amnistía para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.
Puntualizaron que esta propuesta tiene como objetivo decretar amnistía a favor de personas en contra de quienes se hayan ejercitado acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme ante los tribunales, siempre que no sean reincidentes respecto del delito por el que están indiciadas o sentenciadas, en los siguientes supuestos:
• Por el delito de aborto en cualquiera de sus modalidades previsto en el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, cuando: a) se impute a la madre del producto del embarazo interrumpido; b) Se impute al personal médico, comadronas o parteras, que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo, siempre que la conducta delictiva se haya llevado a cabo sin violencia y con el consentimiento de la madre del producto del embarazo interrumpido.
• Por el delito de homicidio por razón de parentesco.
• Por cualquier delito que no sea considerado como grave a personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura.
• Por los delitos en contra de la salud, cuando se dé competencia de las autoridades del fuero común, en términos del artículo 474 de la Ley Federal de Salud, en favor de las personas cuando se cumplan los siguientes presupuestos: a) Personas que se encuentren en extrema pobreza; b) Mujeres forzadas por sus cónyuges u obligadas por integrantes de grupos de la delincuencia organizada; c) Consumidores cuando se trate de cantidades ligeramente superiores a la dosis mínima.
• Por el delito de robo simple y sin violencia, siempre que no amerite pena privativa de la libertad por más de cuatro años.
• Por el delito de sedición, o porque hayan invitado, instigado o incitado a la comisión de este delito formando parte de grupos impulsados por razones políticas con el propósito de alterar la vida institucional instigado, siempre que no se trate de terrorismo, y que en los hechos no se haya producido la privación de la vida, lesiones graves a otra persona o se hayan empleado o utilizado armas de fuego.
Así mismo, a través de la iniciativa se aclara que no se concederá el beneficio de esta Ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, ni a quienes hayan cometido el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado armas de fuego. Tampoco se podrán beneficiar las personas indiciadas por los delitos a que se refiere el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a que se refiere el Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
Dentro de la exposición de motivos, los legisladores morenitas expusieron que “en el Parlamento Abierto para el Análisis y Discusión de la Ley de Amnistía que se llevó a cabo en la Cámara de Diputados en octubre de 2019, la Oficina en México de la ONU del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ONU-DH) externó que este instrumento es un paso positivo para corregir algunas de las injusticias que han sido producidas por el sistema de justicia penal en México y que afectan a personas en situación de vulnerabilidad, como las mujeres y las personas indígenas, cuya condición se ha agravado debido a la privación de la libertad y otras medidas que les son impuestas”
De igual manera señalaron que con la aprobación de la Ley de Amnistía por el Congreso de la Unión en abril de 2020, “la ONUDH reiteró su posición; y saludó junto con la Oficina en México de la ONU contra la Droga y el Delito (UNODC) la aprobación de la misma, por ser una de las medidas que el Estado mexicano adopta para hacer frente a la pandemia de Covid-19 en el ámbito penitenciario.
En este sentido, justificaron que debido a la urgencia por mitigar los efectos de la pandemia y prevenir en lo inmediato el contagio por Covid-19 en las prisiones, las oficinas invitan a la rápida aplicación de la Ley de Amnistía, acelerando la revisión de casos de potenciales personas beneficiarias de este instrumento.
Por otra parte, el director operativo de la organización Renace Capítulo San Luis Potosí,J. Jesús Martínez Rangel presentó otra iniciativa similar a la presentada por el bloque parlamentario de Morena.
El director operativo de esta organización expuso que La Ley de Amnistía “constituye un mecanismo por medio del cual el Estado puede subsanar la deuda histórica a causa de la discriminación sistemática que han sufrido de manera histórica ciertos sectores de la población y dado la cantidad de personas que se encuentran procesadas o sentenciadas en el fuero común con estas condiciones resulta altamente pertinente que en el esfuerzo local se consideren además los mecanismos y acciones suficientes para garantizar su efectiva aplicación cuando se trate de personas pertenecientes a grupos con mayor vulnerabilidad al menos de las contempladas en el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos denominadas por la academia como categorías sospechosas”.

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