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Servicios de guardería no deberán discriminación por condición de género

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#México | Entra en vigor este jueves el documento publicado en el DOF sobre la reforma la Ley del Seguro Social

México.- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto que reforma a la Ley del Seguro Social para garantizar que no haya discriminación hacia los trabajadores por condición de género o estado civil, en el acceso a los servicios de guardería.

El documento, que modifica los artículos 201 y 205 de dicha legislación, entrará en vigor este jueves 22 de abril.

Se suprimen los términos “mujer trabajadora”, trabajador viudo o divorciado”, “madres aseguradas”, “los que conserven la custodia de sus hijos mientras no contraigan matrimonio o se unan en concubinato”, para sustituirlos por el concepto de “personas trabajadoras aseguradas”.

En sus disposiciones transitorias se establece que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ejercerá las atribuciones y obligaciones derivadas del decreto de manera que, con sujeción a las disponibilidades presupuestales, se realice una incorporación gradual de los derechohabientes a los servicios que se establecen en el mismo, elaborando previamente un programa piloto para medir los impactos de éste en los servicios y operación del Instituto.

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